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Licencia de Uso de Propiedad Intelectual de Lex-Doctor

A continuación se transcriben los términos de la licencia que ofrece Lex-Doctor. para permitir el uso de esta obra denominada "Lex-Doctor para Estudios Jurídicos". Los claros se completan con los datos de cada licenciatario al extenderse formalmente la licencia. Sólo podrá utilizar esta obra quien haya aceptado expresamente los términos de la licencia.

LICENCIA DE USO DE PROPIEDAD INTELECTUAL.- Entre Caddel S.A., con domicilio en Lavalle 1675 piso 6º of 10, de la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, de aquí en adelante llamado LICENCIANTE por una parte, y por la otra [...], con domicilio en la calle [...], de la ciudad de [...], de aquí en adelante denominado LICENCIATARIO, se labra el presente contrato de Licencia de Uso.
A) OBJETO DE LA CESION.- Este contrato se refiere a la autorización para la utilización de una obra de software, denominada "LEX-DOCTOR", que sirve para la informatización de la gestión de organizaciones jurídicas en general, asistiendo por medio de computadoras a procuradores, abogados, estudios jurídicos, asesorías letradas de empresa, jueces, secretarios, oficinas gubernamentales y  poderes judiciales entre otros. Esta obra, de aquí en adelante "EL SISTEMA", está comprendida por los programas ejecutables y los manuales; todos ellos, así como las codificaciones que componen los programas ejecutables, se hallan debidamente registrados en la Dirección Nacional del Derecho de Autor, encontrándose reservados todos los Derechos de Propiedad Intelectual.
B) DERECHOS DEL LICENCIATARIO.- En virtud del presente contrato, el LICENCIANTE faculta al LICENCIATARIO para realizar únicamente los siguientes actos:
1. EL LICENCIATARIO podrá instalar una copia completa (servidor y cliente) de EL SISTEMA identificada con el número de serie [NUMERO] y con el logotipo [LOGO] dentro de un único computador, en un único soporte electrónico que cumpla con las especificaciones técnicas definidas en el manual. Para el acceso a EL SISTEMA, EL LICENCIATARIO podrá utilizar un perfil de usuario supervisor predefinido, cuya clave de acceso se le otorga a través del presente contrato, formada así: [...]; también podrá crear otros perfiles de usuario, asignándoles nombres y claves de acceso, según las funcionalidades descriptas en el manual.
2. EL LICENCIATARIO podrá ejecutar una única sesión de EL SISTEMA (servidor y cliente) en la memoria RAM de ese único computador personal.
3. Si EL LICENCIATARIO adquiriese licencias para uso multiusuario en red privada de datos (de aquí en más llamadas "LICENCIAS LOCALES"), podrá instalar copias parciales (cliente solamente) de EL SISTEMA dentro de tantos ordenadores como LICENCIAS LOCALES haya adquirido y podrá ejecutarlas para conectarse con el servidor de EL SISTEMA a través de una red privada de datos cumpliendo con las especificaciones técnicas establecidas en los manuales que acompañan a EL SISTEMA.
4. Si EL LICENCIATARIO adquiriese licencias temporales de vencimiento anual para uso multiusuario por una red pública como lo es Internet (de aquí en más llamadas "LICENCIAS REMOTAS"), podrá instalar copias parciales (cliente solamente) de EL SISTEMA dentro de tantos ordenadores como LICENCIAS REMOTAS haya adquirido y podrá ejecutarlas para conectarse con el servidor de EL SISTEMA a través de dicha red pública de datos, cumpliendo con las especificaciones técnicas establecidas en los manuales que acompañan a EL SISTEMA.
4.1. Teniendo activas LICENCIAS REMOTAS, el LICENCIATARIO podrá habilitar perfiles de usuario para que los miembros y clientes de su  organización puedan utilizar las funcionalidades especiales del servidor web, al que se podrán acceder a través de navegadores de Internet compatibles consignados en el manual.
4.1.1. Cada LICENCIA REMOTA autorizará a acceder a perfiles de usuario asignados a miembros de la organización desde hasta un máximo de dos dispositivos distintos por día.
4.1.2. Cada LICENCIA REMOTA autorizará a acceder a perfiles de usuario asignados a clientes de la organización hasta un máximo de cinco perfiles distintos por día. Si el servidor tuviere habilitadas diez o más LICENCIAS REMOTAS, el máximo pasará a ser de hasta quinientos perfiles distintos por día.
5. El LICENCIATARIO podrá adquirir licencias adicionales identificadas con otros números de series y logotipos y claves iniciales de acceso, para ser instaladas en el mismo servidor referido en los puntos B/1 y B/2; en ese caso podrá adquirir y utilizar licencias de clientes para red privada o pública, en los mismos términos que los puntos B/3 y B/4.
5. Si EL LICENCIATARIO hiciera uso de LICENCIAS REMOTAS, deberá necesariamente definir usuarios y claves de acceso en su propia base de datos, para prevenir el uso no autorizado a su instalación del servidor de EL SISTEMA.
7. EL LICENCIATARIO podrá realizar ilimitadas copias de resguardo de EL SISTEMA en forma conjunta con las bases de datos y preservando la integridad de la instalación, a los efectos de salvaguardar toda la información.
8. EL LICENCIATARIO podrá aplicar las futuras actualizaciones de programas y manuales que publique el LICENCIANTE, respetando los términos y condiciones que éste último establezca en cada caso.
C) OBLIGACIONES DEL LICENCIATARIO.- EL LICENCIATARIO se obliga a no alterar, ni permitir la alteración por terceros de cualquiera de los elementos constitutivos de EL SISTEMA, la no modificación de las distintas estructuras de sus bases de datos, ni de sus manuales, ni de las codificaciones comprendidas en los programas ejecutables.  El LICENCIATARIO se obliga a respetar los mecanismos de validación y seguridad establecidos por EL LICENCIANTE para proteger los derechos de autor.
D) ACTOS PROHIBIDOS AL LICENCIATARIO.- El LICENCIATARIO no podrá ceder, transferir, arrendar, ni permitir por ningún otro título el uso de los derechos y facultades adquiridos por el presente contrato, ni permitir la copia o utilización de EL SISTEMA o de alguno de sus componentes, por terceros ajenos a su oficina. El LICENCIATARIO no podrá exigir la implementación de nuevos desarrollos ni la modificación de los que adquiere, quedando su derecho exclusivamente limitado a los ya existentes, en el modo en que se encuentran y que declara conocer.
E) GARANTIA DADA POR EL LICENCIANTE.- Esta licencia de uso se otorga para utilizar EL SISTEMA tal como es, y no incluye la prestación futura de ningún servicio, ni la provisión futura de ningún desarrollo, ni la ejecución futura de ningún trabajo. El LICENCIATARIO declara haber visto en funcionamiento EL SISTEMA, y conocer todas sus características, funciones, prestaciones y límites. El LICENCIANTE garantiza al LICENCIATARIO la ejecutabilidad de EL SISTEMA, entendiéndose como la posibilidad de ser cargado y operado normalmente en computadores que cumplan con los requisitos técnicos de modelo y sistema operativo enunciados en el manual de la versión. El LICENCIANTE no será responsable de ningún perjuicio que pudiera tener el LICENCIATARIO por el uso de EL SISTEMA, quedando siempre a juicio del LICENCIATARIO la utilización final de las herramientas y los resultados que se obtengan del mismo. El LICENCIANTE no será responsable en ningún caso, por la pérdida total o parcial de la información que el LICENCIATARIO cargue en el sistema, debiendo éste producir con la periodicidad necesaria las copias de resguardo pertinentes, y guardarlas en lugares seguros. El LICENCIANTE declara expresamente conocer que EL SISTEMA no gestiona por sí mismo la base de datos, sino a través otro software de tipo motor de datos, conocido comercialmente con el nombre [MOTOR], hecho y licenciado por terceros que no tienen relación con el presente contrato, ni forma parte de las prestaciones del mismo. El software motor de datos deberá cumplir con las especificaciones técnicas descriptas en el manual de EL SISTEMA.
F) CADUCIDAD.- Los derechos que por el presente contrato se otorgan al LICENCIATARIO, caducarán inmediatamente, en caso de que el mismo incurriera en violación a cualquiera de las condiciones bajo las cuales se otorgan, y que se encuentran plasmados en el mismo.
G) BUENA FE.- El LICENCIATARIO declara conocer que el LICENCIANTE trabaja permanentemente en el desarrollo y mejoramiento de EL SISTEMA, y que por lo tanto, no constituye mala fe la comercialización de una nueva versión del mismo en fecha posterior -aunque fuere cercana- a la fecha de otorgamiento de la presente licencia. EL LICENCIANTE se reserva el derecho publicar nuevas versiones de la obra en cuestión, y de crear, modificar o eliminar cualquier prestación de la misma, o cualquier servicio o ventaja adicional, y se reserva el derecho de establecer o variar las condiciones para el otorgamiento o prestación de cada una de ellas y en cada caso.
H) CODIGO DE ACCESO, LOGOTIPO, TITULARES y NUMERO DE SERIE.- El LICENCIATARIO no podrá solicitar el cambio del CODIGO DE ACCESO, ni del LOGOTIPO ni de los TITULARES ni del NUMERO DE SERIE establecidos en el sistema al otorgar la presente licencia.
Las partes, el [...] , en un todo de acuerdo con las cláusulas del presente contrato, firman dos ejemplares de igual tenor, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina.

 

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